¡Sin alcohol este ‘finde’! ¿Cuál es la multa si se viola la Ley Seca por las elecciones Judiciales?

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El próximo 1 de junio ocurrirá un evento inédito en todo México, en el que las y los ciudadanos emitirán sus votos para elegir a los representantes del Poder Judicial

Todo México se está preparando para recibir un hecho histórico... y controversial. Se trata de las primeras elecciones al Poder Judicial, que se realizarán el 1 de junio, en las que las y los ciudadanos podrán emitir sus sufragios para elegir a quienes ocuparán cargos como ministros y magistrados, tanto a nivel nacional como local.

Por ser un periodo electoral, se tomarán ciertas medidas para no irrumpir con la práctica democrática, como el día de asueto y la Ley Seca. Esta última es para prohibir la venta y consumo de alcohol y cualquier bebida embriagante.

Ya hay estados que confirmaron la suspensión de este tipo de comercio, aunque en los próximos días, se espera que más entidades federativas se unan a la lista.

¿CUÁL ES LA MULTA POR VIOLAR LA LEY SECA EN MÉXICO?

Según lo que se indica en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se aplicarán sanciones a establecimientos que violen la Ley Seca, las cuales van acorde a lo que se estipula en la Ley de Establecimientos Mercantiles en su artículo 63:

“Cuando se detecte la expedición o venta de bebidas alcohólicas en contravención de lo dispuesto por esta ley, la Autoridad procederá a levantar un inventario y asegurar de manera inmediata las bebidas de que se trate.”

Asimismo, menciona que “El aseguramiento de bebidas se llevará a cabo con el traslado de las mismas al sitio de almacenaje destinado por la Autoridad, previo inventario del aseguramiento, del cual se entregará copia de manera inmediata al titular del establecimiento o evento de que se trate.”

Por su parte el artículo 64 se señala que la sanción será lo equivalente de 25 a 125 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Por ejemplo, si la UMA vale 100 pesos, la multa podría ascender de dos mil 500 pesos a 12 mil 500.

¿QUÉ ESTADOS APLICARÁN LA LEY SECA?

En algunas entidades federativas, además de las elecciones del Poder Judicial, se celebrarán elecciones ordinarias. Es decir, que se llevarán a cabo votaciones para presidencias municipales, sindicaturas y regidurías.

1. Durango: aplicará desde el 31 de mayo al 1 de junio;

2. Estado de México: aplicará desde las 00:00 horas del 31 de mayo hasta las 23:00 horas del 1 de junio;

3. Veracruz: desde el 31 de mayo hasta el 1 de junio;

4. Nuevo León: desde el 31 de mayo al 2 de junio;

5. Sonora: desde el 31 de mayo al 1 de junio;

6. Coahuila: desde las 00:00 horas del 31 de mayo hasta las 23:59 del 1 de junio.